La Seguridad Social, como parte inseparable del derecho laboral, superado del seguro social, no solamente cubre de las contingencias del trabajo, sino que se extiende a las contingencias comunes no laborales; y no sólo protege al trabajador, sino, a sus beneficiarios y/o familia.
La Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar
La LG.H.S.O.B., fue puesta en vigencia mediante D.L. 16998, del 2-08-79.
Objetivos
Los principales objetivos son los siguientes:
- A) Garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad bienestar en el trabajo;
B)Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgos para la salud psicofísica de los trabajadores;
- C) Proteger a las personas y al medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico.
Campo de Aplicación
Su campo de aplicación abarca a toda actividad en la que se ocupe uno o más trabajadores por cuenta de un empleador, persiga o no fines de lucro; también aplicable a las actividades por cuenta de todas las Instituciones del Estado, cooperativas, sindicatos de producción; actividades desempeñadas por alumnos de establecimiento de enseñanza o formación bajo contrato de aprendizaje o práctica educacional; las que se ejecuten en prisiones o penitenciarías, establecimientos correccionales, de rehabilitación y readaptación ocupacional o social.
Obligación Patronal
Estipula como principales obligaciones de los empleadores respecto a ésta ley:
- a) Cumplir las leyes y reglamentos relativos a la higiene, seguridad ocupacional y bienestar; Reconociendo que su observancia constituye parte indivisible en su actividad empresarial;
- b) Adoptar todas las medidas de orden técnico para la protección de vida, la integridad física y mental de los trabajadores a su cargo; Tendiendo a eliminar todo género de compensaciones sustitutivas de riesgo, como ser: bonos de insalubridad, sobrealimentación y descansos extraordinarios, que no supriman las condiciones riesgosas;
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