Propiamente dicho, (es pagador de la fuerza de trabajo), pudiendo ser persona natural o jurídica; o representante del empleador principal como: gerentes, subgerentes, directores, jefes de departamento, jefes de sección, encargados o análogos y los que desarrollan actividades empresariales en la contratación, contratistas, intermediarios, etc.; pero no siempre un empleador es empresario, como ocurre en las relaciones de trabajo en el servicio doméstico, en cuyo caso, no existe la plusvalía emergente del trabajo doméstico.
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