De acuerdo al Art. 151 del C.N.N.A. los menores trabajadores por cuenta propia (aquel que sin formar parte del trabajo familiar, lo realiza sin subordinación ni dependencia), gozan de la afiliación al sistema de Seguridad Social. Las cotizaciones que correspondían al aporte patronal, son cubiertas por el Estado a través de las instituciones correspondientes , éste aporte es fijado considerando su capacidad de pago, par alo cual se toma en cuenta su particular situación económica.