Hay diferencias entre salario y el miliar; el primero es la compensación al trabajador por el trabajo ‘do, el segundo es un beneficio adicional emergente no propiamente del trabajo efectivo, sino, de la simple relación laboral, condicionado a ciertos requisitos o eventualidades transitorias, como el embarazo o el nacimiento del hijo; por lo que, no puede ser parte integrante del salario propiamente dicho y por ende tampoco pude servir para la promediación de otros derechos, como el aguinaldo, el desahucio, o de la indemnización.
A.S. de 21 de septiembre de 1966. – Que la L. G. T. y su Reglamento llaman remuneración a lo que se percibe en dinero en pago de su trabajo que se refiere a toda me jora del salario otorgado por ley o por la voluntad del empleador, pero de ningún modo alude a las prestaciones otorgadas en calidad de .socorro, auxilio o protección del trabajador o su .familia que por su naturaleza se excluyen para englobar en el sueldo a los subsidios familiares y matrimoniales ya que no responde al sentido del Art. 52 de la Legislación Social. 12