La antigüedad para el cómputo de vacaciones y bono de antigüedad es acumulativa en las entidades del Estado, debiendo tramitar ésta calificación de servicios o reconocimiento de antigüedad, cuando se pasa de una institución del Estado a otra o cuando reingresa a la misma; éste trámite se lo realiza ante el Director del Calificación de Años de Servicios (CAS), dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas previa presentación del récord de servicios otorgado por la o las entidades donde hubiese prestado sus servicios, logrando posteriormente una fecha nominal que se utiliza como parámetro para el pago del bono de antigüedad y el cómputo de vacaciones; ésta fecha nominal no guarda relación con la fecha que se utiliza para el cómputo de antigüedad para efectos de indemnización por tiempo de servicios.
Se debe entender que el beneficio adquirido con éste reconocimiento no tiene carácter retroactivo y se otorga desde el mes de la presentación en la entidad, n importar la fecha de la calificación.
4.3.7.1. Procedimiento para la Conversión de una Fecha Real a una echa Nominal.- Para realizar ésta clase de conversión los datos a saber son:
- Fecha Real o de último Ingreso (FI).
- Fecha de Resolución del Ministerio de Hacienda (FRMH.)
- Tiempo Reconocido en la Resolución (TRR).
- Escala de Vacación Antes de la Resolución (EVAR).
- Escala de Vacación Después de la Resolución (EVDR)
Previamente a realizar los cálculos se debe establecer la Nueva Fecha Nominal (NFN.), que resulta de la diferencia del tiempo en años, meses y días ,conocidos entre la fecha de ingreso real o reingreso.
Primero.- La diferencia entre la (FRMH) y la (FI), da como resultado a (X eses y X días) teniendo el cuidado de considerar la última fecha para el computo de vacaciones, obviando aquellas fechas de aniversarios cumplidas a fecha de resolución, posteriormente los X meses se multiplican por 30 días J mes sumando los X días, de donde resultan X días que se multiplica por el factor de vacaciones (escala de vacaciones antes de la resolución dividido entre 360 días ( añc que es igual al factor de vacaciones), llegando a establecer los días de vacación correspondiente desde la fecha aniversario de vacaciones hasta la ,ha del reconocimiento de antigüedad.
Segundo.- La diferencia entre la (NFN) y la (FRMH) teniendo el cuidado de considerar el año del próximo aniversario, da como resultado a (X meses y X is), posteriormente los X meses se multiplican por 30 días del mes mando los X días, de donde resultan X días que se multiplican por el factor vacaciones (escala de vacaciones después de la resolución dividido entre 360 días año que es igual al factor de vacaciones), llegando a establecer los días de vacación correspondiente desde la fecha del reconocimiento de antigüedad hasta la nueva fecha aniversario.
Nota: Sí la resolución del Ministerio de Hacienda no es presentada en el mes en curso, se toma como parámetro la fecha de presentación a la empresa.
4.3.7.2. Algoritmo Para Conversión de Fecha Real a fecha Nominal para Cálculo de Vacaciones y Bono de Antigüedad.- El algoritmo a continuación sirve como parámetro para la conversión, mas posteriormente se ejemplifica para una comprensión cabal.
Primer calculo
La diferencia de (FRMH-FI) = (XM, Xd) = Xm *30 + Xd) =Xd*(15/360=0,04167)=DIAS VACACION
Segundo Calculo
La diferencia de (NFN-FRMH) = xm, Xd)= (Xm*30 + Xd)= Xd*(15/360=0,04167)=DIAS VACACION
Para comprobar si la conversión está bien, se saca la suma de los meses y los días del primer caso y los meses y los días del segundo y se realiza las operaciones anteriores desde la multiplicación por la diferencia de la escala vacacional entre 360.
Ejemplo: Datos:
Primer Cálculo
FI= 03-09-97
FRMH. = 30-07-98
TRR= 20 días, 4 meses y 17 años
EVAR= 15 días
EVDR= 30 días
Previamente al cálculo, se establece la nueva fecha nominal, que es el resultado de restar a la fecha de ingreso el tiempo reconocido de la siguiente manera:
8 30
97-09-03
17-04-20
80-04-13
Llegando a establecer una Nueva Fecha Nominal el 13-04-80, con una escala de vacaciones incrementada de 15 a 30 días y un porcentaje de bono de insalubridad incrementado de 0% a 34%.
Primer Cálculo:
La diferencia entre la (FRMH) y la (FI) = 10 meses y 27 dias.
(10 meses *30 + 27 dias) = 327 días * (15/360 = 0.04167) = 13,6 días de vacación (97-98)
Segundo ciclo
La diferencia entre la (NFN) y la (FRMH) = 09 meses y 13 dias
( 09 meses * 30 + 13 dias) = 283 días*(30/360 =0.08333)=23,6 Dias de vacación (98-99)
Cálculos Posteriores.- La Nueva Fecha Nominal, es considerada para cómputos posteriores de aniversario de vacaciones hasta la presentación de un nuevo reconocimiento de años de servicios, en éste caso se procederá de la siguiente manera:
De : 13-04-99 a 13-04-2000 en 12 meses = 30 dias de vacación ( 99- 2000)
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