Este punto, antes de la vigencia del D.S. 522, de 26-05-2010, merecía un comentario diferente; pero, ahora, se puede decir que, implemente está prohibido que, el empleador exija al trabajador su retiro voluntario para el cobro de su indemnización por quinquenios, y consecuentemente al no existir esa simulación exigida anteriormente, para el ago de indemnizaciones por 1 año, por 2, por 3, 4, 0 5 (quinquenio), no hay necesidad de acogerse al retiro voluntario, simplemente se paga; ello, con la consideración de que, no se trate de una extinción del contrato, lo que, es muy diferente; último caso, en el que, como se dijo, se liquida además del tiempo ~ servicios (indemnización), también la antigüedad (Vacaciones, duodécimas • vacación y el bono de antigüedad), como se pagan todos los demás derechos impagos, como duodécimas de aguinaldo, salarios devengados, etc.
Por lo tanto, con renuncia (antes) o sin renuncia (ahora), el pago de indemnizaciones sin terminar el contrato, en el sector privado, genera el mantenimiento del derecho a la antigüedad; pero, cuando el contrato se ha extinguido definitivamente por retiro o por despido, el trabajador lamentablemente pierde la antigüedad en caso de recontratación a no ser que, Reglamento Interno disponga otra cosa; no se podría decir que pierde el derecho a la estabilidad laboral, porque, antes de la recontratación se mantiene la liberta de del empleador de contratar o recomendar, otra cosa es que, una vez recontratado, desde el primer dia goza de estabilidad labora, en razón de que, no existe periodo de prueba por recontratación, pudiendo ser recontratado con diferencias sustanciales a las que el trabajador tenia antes de la anterior extinción del contrato.
En cambio en el sector público sujeto al ámbito de aplicación de la L.G.T., en caso de recontrataeión se reconoce la antigüedad acumulada; pero, como se dijo anteriromente, el pago de indemnizaciones de cualquier tiempo, como los quinquenios, solo son pagados únicamente cuando el contrato se ha extinguido definitivamente, no pudiendo hacerle ningún tipo de simulación solo con el propósito de percibir el pago de los beneficios sociales.